miércoles, 11 de abril de 2007

Epiqueia

El Capitán cabalga de nuevo después del paréntesis pascual y comienza por relatar una breve fábula que demuestra cuán delicado es impartir justicia en un mundo tan complejo como éste, donde la realidad supera a la Ley y las cosas no son casi nunca como parecen.

Hace algún tiempo, en una aldea del interior del país, en una zona rural, se presentó una denuncia por la violación de una jovencita, mayor de edad. El acusado era su padrastro. Se trataba, naturalmente, de un delito muy grave, penado con 8 a 12 años de prisión, que determinó el ingreso inmediato en la cárcel del presunto agresor. La denuncia provenía de una hermana mayor de la supuesta violada y era, junto con el Fiscal, la única acusadora en el proceso.

La causa se presentaba sencilla puesto que el padre reconocía haber cometido el hecho. Cuando el Juez interrogó al agresor, este aparecía tranquilo y no aceptaba responsabilidad alguna. En un momento determinado del interrogatorio, el acusado dijo que la joven era su esposa lo que, lejos de caer en oídos sordos, llamó la atención del Juez. Éste, extrañado, mandó llamar como testigo a la hermana de la víctima la cual confesó que había presentado la denuncia porque no estaba satisfecha con cómo habían salido las cosas. Cada vez más intrigado, el Juez Instructor decidió entrar en el fondo de la cuestión. Como no conocía las costumbres del lugar, ordenó llamar a los notables de la aldea a los que preguntó por lo sucedido y pidió que le explicaran las reglas sociales del grupo. Esto es lo que averiguó:

En muchas zonas del país se practica la poligamia. No se trata de un régimen legal, por supuesto, pero sí tradicional y perfectamente asumido por la población. En la zona en la que ocurrieron los hechos, la poligamia constituye un uso generalizado al que se añade un componente matriarcal muy acusado. Nuestro hombre, en cierto momento, planteó a su primera mujer que deseaba tomar una nueva esposa. El marido no puede hacerlo sin su consentimiento que, por otra parte, ella otorga después de elegir la modalidad, porque es la mujer y no el hombre quien la elige. Ella tiene dos posibilidades: la primera y normalmente utilizada es la de nombrar a alguien de su familia que suele ser una hermana menor, una prima, una sobrina, etc. Si no hay mujeres libres en la familia, la mujer deja en libertad al marido para buscarla fuera de este núcleo. En nuestro caso, y dado que la mujer tenía una hija de otro matrimonio, sin vínculo alguno de sangre con su marido, decidió que la segunda esposa fuera ella. He aquí cómo la hija se convirtió en la segunda esposa de su padrastro y cómo su otra hermana, disgustada por lo sucedido, decidió presentar la denuncia.

Los notables de la aldea no veían, por supuesto, delito alguno imputable al marido sino cumplimiento estricto de las reglas tradicionales.

El Juez, descubierto el misterio, se vió ante el problema de aplicar una ley inadecuada para regular la realidad antropológica de aquél núcleo y, haciendo malabarismos jurídicos terminó por condenar al padre a un año de prisión que, como era el tiempo que llevaba en régimen preventivo cuando fue juzgado, determinó su inmediata puesta en libertad. El Juez y los notables hablaron con la familia para retornar las cosas a su lugar y de aquello nunca más se supo.

Epiqueia, decían los filósofos cínicos: sensatez y sentido común en la aplicación de las leyes.

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